DECAD-2020-371-APN-JGM - Coronavirus (COVID-19). Licencia Excepcional.

Publicada en el Suplemento a la edición del 12/03/2020 del Boletín Oficial de la República Argentina.
  • Se dispone el otorgamiento de licencia excepcional para que permanezcan en sus hogares por CATORCE (14) días corridos a todas aquellas personas vinculadas en la situación de emergencia dispuesta precedentemente del sector público que presten servicio en relación de dependencia que hayan ingresado al país habiendo permanecido en Estados Unidos de América o en países de los continentes asiático y europeo, a efectos de que permanezcan en sus hogares, en un todo de acuerdo con lo dispuesto en las recomendaciones del MINISTERIO DE SALUD.
  • La licencia excepcional cuyo otorgamiento se instruye resulta extensible a las personas que revistan en Plantas Permanentes, Plantas Transitorias, Personal de Gabinete, Contratos Temporarios, Locaciones de Servicios, y toda otra vinculación jurídica de prestación de servicios de carácter laboral y/o personal.