Prorroga Medidas COVID-19

Prorróguese hasta las 24 horas del día 26 de abril de 2020, todas las medidas adoptadas en los Decretos Acuerdo Nº 384, 390, 397 y 472 de 2020 y en Decreto Nº 461 de 2020, cuyo vencimiento estuviera previsto el día 31 de marzo de 2020 o en fecha anterior, siempre que fueran acordes a lo dispuesto por el Poder Ejecutivo Nacional en el Decreto de Necesidad y Urgencia Nº 297/2020 y sus normas modificatorias y complementarias. Dispénsese al personal de la Administración Pública Provincial de concurrir a su lugar natural de trabajo hasta las 24 horas del día 26 de abril de 2020, e instrúyase a los distintos organismos a implementar las medidas necesarias a fin de mantener la continuidad de las actividades pertinentes mencionadas en el artículo 6 del Decreto de Necesidad y Urgencia Nº 297/2020 del Poder Ejecutivo Nacional. Habilítese administrativamente hasta la fecha dispuesta en el artículo precedente el despacho de Gobernación a los efectos de la emisión y numeración de normas legales y al Boletín Oficial de la Provincia para las publicaciones pertinentes. Autorícese a los Ministros del Poder Ejecutivo en el ámbito de las competencias que les asigna la Ley Nº 9206, a adoptar todas aquellas medidas que sean necesarias para asegurar el cumplimiento de las disposiciones contenidas en la normativa de emergencia dictadas a nivel nacional y provincial.