RESOL-2020-82-APN-ME - Medidas preventivas en establecimientos educativos

Publicada en la edición del 10/03/2020 del Boletín Oficial de la República Argentina.
  • Recomendar la adopción de las siguientes medidas preventivas en los establecimientos educativos de todos los niveles y modalidades del país, sean estos de gestión estatal o privada, de educación obligatoria o de educación superior:
    • Desarrollar las actividades escolares y académicas según los calendarios establecidos.
    • Reforzar las recomendaciones de prevención de infecciones respiratorias.
    • Se recomienda no asistir al establecimiento ante la presencia de fiebre y síntomas respiratorios.
    • En caso de estudiantes o personal de los establecimientos que regresen de viaje desde áreas con circulación y transmisión de coronavirus, a la fecha los siguientes países: China, Corea del Sur, Japón, Irán, Italia, España, Francia y Alemania -y los que indicare el Ministerio de Salud-, aunque no presenten síntomas, se sugiere que permanezcan en el domicilio sin concurrencia y evitar el contacto social por catorce (14) días.
  • Se insta a justificar las inasistencias de estudiantes o del personal de los establecimientos educativos, en las que incurran por la causa y durante el plazo máximo previsto en el inciso d) del artículo precedente.