La autorización excepcional a las embarazadas y personas consideradas población de riesgo.

Instrumentar, en el ámbito de la Dirección General de Cultura y Educación, lo establecido por el Artículo 1° de la Resolución N° 90/20 del Ministerio de Jefatura de Gabinete de Ministros, respecto de la autorización excepcional a las embarazadas y personas consideradas población de riesgo.