Resolución general 622/2013 (normas n.t. 2013) – Modificación

Se sustituye el artículo 1° de la Sección I del Capítulo VI del Título II de las NORMAS (N.T. 2013 y mod.), por el siguiente texto: DEFINICIÓN. ARTÍCULO 1°. - Se entiende por Pequeñas y Medianas Empresas CNV (PYMES CNV) al sólo efecto del acceso al mercado de capitales, a las empresas constituidas en el país cuyos ingresos totales anuales expresados en pesos no superen los valores establecidos en el cuadro siguiente:
  • Agropecuario: 547.890.000
  • Industria y Minería: 1.739.590.000
  • Comercio: 2.146.810.000
  • Servicios: 607.210.000
  • Construcción: 755.740.000
A los efectos de clasificar sectorialmente al interesado se adopta el “Codificador de Actividades Económicas (CLAE)” aprobado por la Resolución General AFIP N° 3.537/2013, lo que deriva en el cuadro que se detalla a continuación:
  • Agropecuario: A
  • Industria y Minería: B; C J Códigos 591, 592, 601, 602, 620 y 631. R excepto 920.
  • Comercio: G
  • Servicios: D; E; H; Resto e I; J; K; L; M; N; P; Q; y S.
  • Construcción: F
La pertenencia de las empresas respecto de los sectores establecidos en el cuadro previo se establecerá de manera que la misma refleje la realidad económica de las actividades desarrolladas por la empresa. En consecuencia, cuando una empresa tenga ventas por más de uno de los sectores de actividad establecidos en el presente artículo, se considerará aquel sector de la actividad cuyo ingreso haya sido el mayor. La resolución entra en vigor a partir del día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial.