levanta los términos judiciales suspendidos.

La corte decidió levantar la suspensión de términos judiciales ordenada por el Consejo Superior de la Judicatura para adelantar la etapa de admisibilidad de las demandas de inconstitucionalidad que se presente en ejercicio de control político ciudadano dispuesto por el artículo 40 de la Constitución Política.
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