Instrucciones sobre la gestión de la atención de incrementos de casos correspondientes a eventos de interés en salud pública o emergencias en salud pública de importancia internacional

Se imparten directrices a las EPS, IPS y a los entes sujetos a inspección, vigilancia y control por parte de Ia Superintendencia de Salud, con el fin de que generen acciones ante los incrementos inusitados de casos correspondientes a eventos de interés en salud pública o emergencias en salud pública de importancia internacional – ESPII.  
De su contenido destacamos:
  • Se debe garantizar Ia disponibilidad de recursos de talento humano, infraestructura e insumos para dar respuesta oportuna y efectiva según los lineamientos y planes de contingencia dispuestos por las autoridades en salud del orden nacional.
  • Se debe dar cumplimiento al Reglamento Sanitario Internacional (2005), frente a las acciones a realizar por los aeropuertos, puertos y pasos fronterizos terrestres, respecto a Ia capacidad básica necesaria en todo momento y las normas establecidas para responder a eventos que puedan constituir una ESPII.
  • Las IPS deberán realizar las acciones para detectar y confirmar los eventos sujetos a vigilancia incluyendo la realización de exámenes de laboratorio y demás procedimientos, asegurando las acciones e intervenciones individuales y familiares del caso, así como, notificar la ocurrencia de eventos sujetos a vigilancia.
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