Se adopta el Protocolo de Bioseguridad para el sector pecuario.

El Protocolo de Bioseguridad señala las medidas que se deben adoptar en el sector pecuario, para las explotaciones avícolas, porcicolas, ganadera, equina, acuícolas, pesquero y predios productores de pequeñas especies y empresas productoras, importadoras, de almacenamientos, acomodamiento y comercializadoras de insumos pecuarios. Este protocolo es complementario al Protocolo General de Bioseguridad adoptado por la Resolución 666.
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