Se autoriza el flujo de recursos de salud pública del Sistema General de Participaciones en el marco de la emergencia por COVID-19.

Se establece que, con cargo a los recursos de salud pública del Sistema General de Participaciones, las entidades territoriales están autorizadas, en el marco de la emergencia sanitaria, para adquirir y suministrar productos asociados a la prevención y control del COVID-19: Mascaras N95, mascarillas quirúrgicas, batas desechables, guantes, alcohol glicerinado, jabón líquido, toallas de papel, termómetros, bolsas para cadáveres, bolsas de basura.
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