El margen bruto máximo de venta en toda la cadena de comercialización en la República de Panamá de artículos de aseo personal, limpieza y consumo, que sean de primera necesidad

Se establecen las siguientes medidas por un periodo de tres meses:
  1. Limitar el número de artículos de primera necesidad que cada particular pueda adquirir.
  2. Establecer un margen bruto máximo del 23% para la venta de los artículos de limpieza y aseo personal listados.
  3. La aplicación de sanciones a los agentes económicos que incumplan esta normativa.