En Apartadó, Se regula el horario de la prestación del servicio a domicilio de productos de los establecimientos y locales gastronómicos.

Se permite la comercialización de productos de los establecimientos y locales gastronómicos, mediante entreas a domicilio hasta la hora máxima de 11:00 p.m., las personas que desarrollen esta actividad deberán cumplir estrictamente con los protocolos de bioseguridad, el uso del tapabocas es obligatorio en sus desplazamientos y entrega de productos y deberán estar debidamente identificados
Documento

Descarga documento oficial emitido