En Ibagué, Se establecen beneficios para llevar a cabo el pago de obligaciones tributarias.

Se aplicará de manera automática el pago de las obligaciones tributarias en 11 cuotas mensuales y sin intereses del impuesto predial y el de industria y comercio bajo las siguientes condiciones: solo aplica a los tributos que no se encuentren vencidos y que deba realizarse su pago en el año 2020, no concurre con otro beneficio, el pago de la primera cuota se debe realizar a mas tardar el 1 de julio, la ultima cuota no podrá sobrepasar al mes de junio de 2021. Además, se otorga a los deudores, contribuyentes, responsables, agentes retenedores y demás obligados los siguientes beneficios en relación con los impuestos, tasas, contribuciones y multas pendientes de pago: Hasta el 31 de octubre de 2020 se pagará el 80% del capital sin intereses, ni sanciones; entre el 2 de noviembre y hasta el 31 de diciembre de 2020 se pagará el 90% del capital sin interés, ni sanciones, y entre el 1 de enero de 2021 y hasta el 31 de mayo del mismo año se pagará el 100% del capital en iguales condiciones.
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