Se toman medidas para la prestación del servicio público de transporte durante el aislamiento decretado por el presidente de la república y se efectúa una derogatoria.

  1. Con el fin de garantizar una distancia social prudente solo se permitirá una ocupación de hasta el 50% de la capacidad del vehículo, capacidad que se encuentra determinada en la tarjeta de operación.
  2. Se permitirá la prestación del servicio de transporte público mixto en las rutas previamente otorgadas para la radio de acción veredal dentro del Municipio de Manizales.
  3. Con el fin de garantizar una distancia social prudente solo se permitirá que los vehículos rueden con la capacidad de pasajeros definida en la respectiva tarjeta de propiedad del automotor
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