Se ordena el uso de tapabocas en lugares públicos, en donde haya concentración de personas

Se ordena el uso obligatorio del tapabocas a personas que se encuentren dentro de jurisdicción del municipio y que se ubiquen o se dirijan a los diferentes medios de transporte, áreas donde haya afluencia masiva de personas, tales como, plazas de mercado, parques, supermercados, bancos, centros de salud, lugares de trabajo y vías públicas. El tapabocas de tela está prohibido para niños o para personas que tengan problemas respiratorios.
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