Modifica artículo de resoluciones que estableció fechas para la presentación y pago de la declaración anual del impuesto de industria y comercio (20 marzo 2020)

Se modifican plazos para la presentación y pago del impuesto de industria y comercio y su complementario de avisos y tableros, además de establecerse mecanismos de pago.
De su contenido destacamos:
  • Se amplía la fecha para la para la declaración y pago de este impuesto y el mismo se diligenciará en los formularios virtuales oficiales elaborados por la administración. Los plazos para las personas jurídicas iniciarán dependiendo su último número de NIT desde el 20 de abril y atendiendo a las unidades de valor tributario y se extenderán hasta el 22 de mayo de 2020.
  • El pago podrá realizarse en cuotas para los contribuyentes que así lo determinen, dentro de las siguientes fechas: Primera cuota con la presentación de la declaración 30%, segunda cuota (30%) hasta el 31 de julio y tercera cuota (40%), hasta el 30 de octubre, todas del año 2020.
  • Establece como mecanismos de pago, el físico ante las entidades financieras autorizadas y electrónico a través del sistema conocido por PSE.
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