Dirección Nacional de Recursos Acuáticos (DINARA) del 17/03/2020

Se exhorta al público a no concurrir a las oficinas, por lo cual se resuelve: i) extender la vigencia de los permisos provisorios con vencimientos en el período comprendido entre el 17 y el 31 de marzo, por el plazo de treinta días a partir de la fecha de dicho vencimiento; ii) establecer como plazo para la entrega de la documentación referente a los beneficiarios de la devolución de combustible, que se fija a partir del 13 de abril de 2020; iii) establecer que las evacuaciones de vistas que no requieran presentación de documentación, se realicen mediante correo electrónico; y iv) que los pagos deberán realizarse exclusivamente por medios electrónicos. https://www.gub.uy/ministerio-ganaderia-agricultura-pesca/sites/ministerioganaderia-agriculturapesca/files/documentos/noticias/049-%20medidas%20especiales%20covid19.pdf