Se imparten instrucciones relacionadas con la operación de renta vitalicia inmobiliaria para las entidades aseguradoras de vida

La SFC imparte instrucciones relativas a la administración de los riesgos asociados al desarrollo de la renta vitalicia inmobiliaria y al cumplimiento de los deberes en el ofrecimiento del mismo. Entre otras determinaciones, resaltan las siguientes:
  1. Se establecen los requerimientos de admisibilidad para bienes inmuebles no productivos.
  2. Se determinan las condiciones de valoración de los activos no productivos.
  3. Se consagran pautas para la gestión del riesgo de liquidez.
  4. Se reitera la obligatoriedad de inclusión de un periodo de retracto que no podrá ser inferior a seis meses.
Circular 036 de 2020, SFC

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