Se regula el pago de las cotizaciones al Sistema General de Pensiones por los periodos de abril y mayo de 2020

MinTrabajo reglamenta el pago de las cotizaciones al Sistema General de Pensiones por los periodos correspondientes a abril y mayo de 2020, de los que fueron exonerados los empleadores y trabajadores independientes. De la norma resalta:
  1. Los empleadores del sectores público y privado, y los trabajadores dependientes e independientes, deben aportar los montos faltantes de las cotizaciones en un plazo máximo de 36 meses contados desde el 01-jun-21.
  2. No se causarán intereses de mora.
  3. El aporte faltante será asumido en las siguientes proporciones: 75% empleador, 25% empleado, 100% trabajador independiente. El empleador o el trabajador podrán cancelar el total y cobrarle a la otra parte el faltante.
  4. Los empleadores se encuentran autorizados a descontar del salario y/o prestaciones el 25% que les corresponde.
  5. Las semanas afectadas en cotización no serán tenidas en cuenta para la pensión de vejez hasta que se efectúe el aporte faltante.
MinTrabajo, Decreto 376 de 2021

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