Se habilitaría la plataforma de intercambio de información PISIS del SISPRO para el cargue de los registros relacionados con las acciones de tutela en cumplimiento de la Orden Trigésima de la Sentencia T-760/2008

Se establecería el reporte de datos relacionado con acciones de tutela interpuestas por los afiliados y/o usuarios del servicio de salud, en contra de diferentes agentes que hacen parte del SGSSS, pertenecientes a los Regímenes Contributivo y Subsidiado, a los Regímenes Especiales y de Excepción. De su contenido se destaca:
  1. Estas disposiciones serán de obligatorio cumplimiento para las EPS, EOC, Entidades Territoriales, EAPB, IPS, quienes administren los Regímenes Especiales y de Excepción, y las entidades que oferten Planes Voluntarios de Salud.
  2. Se establece la finalidad del reporte de información relacionada con las acciones de tutela interpuestas por los afiliados y/o usuarios del servicio de salud.
  3. Se habilitaría la plataforma de transporte de información PISIS del SISPRO para para que dichas entidades que actúan como accionadas, generen, consoliden, validen y remitan al MinSalud la información necesaria para conformar una fuente autónoma de información, quienes además certificaran con el envío, que los datos reportados son veraces y confiables.
  4. Se fijan los plazos máximos para el reporte de información.
  5. Se establece la estructura para el reporte de información a la plataforma PISIS, contenida en el anexo técnico.
Se recibirán comentarios hasta el 26 de agosto de 2021.
Proyecto de Resolución, MinSalud

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