Se modifican disposiciones relacionadas con los procedimientos Aplicables a las Operaciones de Cambio

Por medio de la presente circular se modifica la Circular Reglamentaria Externa DCIP – 83 del 1 de septiembre de 2021, en relación a procedimientos Aplicables a las Operaciones de Cambio. De su contenido se destaca:
  1. Cuando se trate de compraventa de divisas entre los IMC a los que hace referencia el artículo 8 de la R.E. 1/18 de la J.D. (operaciones interbancarias) no se requerirá transmitir declaración de cambio al BR, así la operación se liquide bilateralmente o a través de una cámara de riesgo central de contraparte.
  2. Se modifican disposiciones sobre la venta a los IMC de cartera o instrumentos de pago derivados de operaciones entre residentes (operaciones internas) cuyo pago se encuentra autorizado en divisas.
  3. Se adiciona el numeral 11.1.1.7. “Venta a los IMC de cartera o instrumentos de pago de las operaciones internas de que trata el artículo 97 R.E. 1/18 en las que participen sucursales del régimen cambiario especial” del Capítulo 11.
Circular Reglamentaria Externa DCIP-83 de 2021, Banco de la República

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