Ordena la liquidación de Coomeva EPS como consecuencia de la toma de posesión por parte de la SuperSalud

La SuperSalud ordena la liquidación como consecuencia de la toma de posesión a Coomeva EPS, por el término de dos años. De la norma resalta:
  1. La medida implica, entre otras: (i) Disolución de la entidad; (ii) Exigibilidad de todas las obligaciones a plazo a cargo de la intervenida; (iii) Formación de la masa de bienes a liquidar.
  2. Determina una serie de medidas preventivas obligatorias en relación con el patrimonio de Coomeva EPS.
  3. Ordena a las EPS receptoras mantener la distribución de la población en las IPS asignadas por Coomeva EPS.
SuperSalud, Resolución 2022320000000189-6 de 2022

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