CIRCULAR Modificatoria 12/21 de la Única de Seguros y Fianzas

El 31 de marzo de 2022, la Comisión Nacional de Seguros y Fianzas (CSNF) publicó a través del Diario Oficial de la Federación la Circular Modificatoria 12/21 de la Única de Seguros y Fianzas a través de la cual da a conocer las siguientes modificaciones a la Circular Única de Seguros y Fianzas:  
  1. ANEXO 6.3.3.- Modelo y bases técnicas para la determinación de la variable de pérdidas de los activos sujetos a riesgo de mercado, para efectos del cálculo del rcs conforme a la fórmula general.
  2. ANEXO 6.3.7.- Modelo y bases técnicas para la determinación de la variable de pérdidas de los seguros de vida de corto plazo (lp,vcp), para efectos del cálculo del rcs conforme a la fórmula general.
  3. ANEXO 6.3.9.- Modelo y bases técnicas para la determinación de la variable de pérdidas de los seguros de daños en los ramos de responsabilidad civil y riesgos profesionales, marítimo y transportes, incendio, automóviles, crédito, caución y diversos, y de los seguros de accidentes y enfermedades, para efectos del cálculo del rcs conforme a la fórmula general.
Lo anterior en términos de lo establecido en los artículos 232, 233, 234 y 236 de la Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas, relacionado al cálculo mensual que las Instituciones de Seguros deben realizar al requerimiento de capital de solvencia de conformidad con la fórmula general que para tal efecto determina la CNSF.                                                                                                                                                                         En ese sentido se precisa la fórmula general para el cálculo del Requerimiento de Capital de Solvencia, en particular la metodología de los riesgos de mercado de instrumentos de deuda, renta variable y las operaciones con productos financieros derivados presentadas en el Anexo 6.3.3, así como el riesgo de suscripción para las operaciones de vida la cual se establece en el Anexo 6.3.7 y las operaciones de accidentes y enfermedades y daños establecida en el Anexos 6.3.9 de la Circular, con el objetivo de brindar mayor certeza en la medición de la solvencia de las Instituciones de Seguros y Fianzas.  
CIRCULAR Modificatoria 12/21 - (Anexos 6.3.3., 6.3.7. y 6.3.9.)

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