Proyecta instrucciones generales relativas al sistema integrado de gestión de riesgos para entidades que administran Planes Voluntarios de Salud

Se modificaría el Capítulo II del Título II Empresas que Administran Planes Voluntarios de Salud (PVS), de la Circular Única 047 de 2007 y se imparten instrucciones generales relativas al sistema integrado de gestión de riesgos. De su contenido se destaca:
  1. Se incluye en el Capítulo II del Título II Empresas que Administran Planes Voluntarios de Salud (PVS), instrucciones para la implementación de un Sistema Integrado de gestión de riesgos, como los lineamientos mínimos que el mismo debe tener.
  2. Fija los elementos que determinarán las acciones de inspección, vigilancia y control que le corresponden a esta Superintendencia.
  3. Define el depósito, registro y verificación posterior respecto de la aprobación de los Planes Voluntarios de Salud.
  4. Precisa a las EPS del Régimen Contributivo, Empresas de Medicina Prepagada, Empresa de Servicio de Ambulancia Prepagado y Compañías de Seguros que expiden o comercializan pólizas de salud (solo en lo concerniente a las actividades en salud), en lo que atañe a la autorización de funcionamiento de las EMP y los SAP.
Se recibirán comentarios hasta el 18 de mayo de 2022. ACEMI recibirá comentarios hasta el 16 de mayo de 2022.
(SuperSalud, Proyecto de Circular Externa, 12-may-22)

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