Proyecta modificación al reintegro de recursos del SGSSS apropiados o reconocidos sin justa causa

MinSalud proyecta ajuste al procedimiento de reintegro de recursos del SGSSS apropiados o reconocidos sin justa causa para permitir la celebración de acuerdos de pago hasta un mes después de la firmeza del acto administrativo que ordena el pago; y, además, proyecta distinción entre las entidades que operan el aseguramiento, de las que se encuentran bajo medidas de vigilancia especial, intervenidas o en proceso de liquidación. Del proyecto destaca:
  1. El deudor podrá solicitar que los recursos a reintegrar se le descuenten hasta en 24 cuotas iguales, que no podrán ser inferiores a 2.000 UVT.
  2. En las EPS que sean objeto de medida administrativa de intervención forzosa para liquidar o soliciten retiro voluntario, el valor adeudado será compensado en los procesos que administre la ADRES; si no es suficiente, EPS debe reintegrar.
  3. Reglamenta el proceso de descuento mensual a la EPS hasta lograr el reintegro total de los recursos.
Ver Memoria Justificativa Se recibirán comentarios hasta el miércoles 25 de mayo de 2022.
MinSalud, Proyecto de Resolución

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