Fortalece la figura del Defensor del Consumidor Financiero

La SuperFinanciera fortalece la figura del Defensor del Consumidor Financiero (DCF) respecto de la gestión de conflictos de interés y de las responsabilidades de los órganos de administración de las entidades vigiladas, entre otras. De la norma destaca:
  1. Modifica las condiciones profesionales y personales que deben cumplir los DCF.
  2. La entidad vigilada deberá informar a los Consumidores Financieros información relacionada con la identidad del DCF y con el procedimiento de conciliación, entre otras.
  3. La entidad vigilada deberá solicitar al DCF un informe de gestión para presentar en la Asamblea General Ordinaria de accionistas.
  4. La entidad vigilada deberá garantizar que el DCF cuente con mecanismos para celebrar conciliaciones.
  5. En relación con el DCF, las entidades vigiladas tienen 7 nuevas obligaciones, sin contar aquellas particulares que debe cumplir la junta directiva y el representante legal.
  6. Las entidades vigiladas deben remitir un plan de implementación de esta norma hasta el 15 de octubre de 2022.
Ver Anexo
SuperFinanciera, Circular Externa 013 de 2022

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