Vigencia permanente para la implementación de tecnologías de la información en las actuaciones judiciales

El Congreso adopta como legislación permanente el Decreto Ley 806 de 2020, con el fin de implementar permanentemente el uso de tecnologías de información y comunicaciones (TIC) en actuaciones judiciales en la jurisdicción ordinaria (civil, laboral, familia), en la jurisdicción de lo contencioso administrativo, en la jurisdicción constitucional y disciplinaria, y en actuaciones de autoridades con funciones jurisdiccionales. De la norma destaca:
  1. Las TIC serán aplicables cuando las autoridades judiciales, los sujetos procesales, y los profesionales del derecho dispongan de los medios tecnológicos idóneos.
  2. Sujetos procesales y autoridades judiciales deberán justificar la imposibilidad de realizar una actuación judicial a través de TIC.
  3. Se utilizarán medios TIC para todas las actuaciones y se evitará la exigencia de formalidades que no sean estrictamente necesarias (no se requerirá firma manuscrita o digital ni autenticación, ni para los poderes especiales).
  4. Facilita el acceso al expediente digital, determina nuevas condiciones para algunos actos procesales: demanda, audiencias, notificaciones, apelaciones, entre otras.
Congreso, Ley 2213 de 2022

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