Modificaciones al reconocimiento de las pruebas de búsqueda, tamizaje y diagnóstico de COVID-19 realizadas entre el 17 de marzo y el 25 de agosto de 2020

Con el propósito de que la ADRES continúe con el proceso de validación, reconocimiento y pago de pruebas COVID 19 realizadas entre el 17 de marzo y el 25 de agosto de 2020, se reemplaza el código del régimen autorizado para operar cada EPS o entidad adaptada por el NIT que les asignó la DIAN. Así mismo, se precisa que el valor allí fijado incluye el que por concepto de movilidad se reconoce a cada EPS y entidad adaptada por las pruebas de búsqueda, tamizaje y diagnóstico de COVID 19 realizadas entre el 17 de marzo y el 25 de agosto de 2021.
(MinSalud, Resolución 1258 de 2022, 26-jul-22)

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