PDL Boletín N° 11297-03 Modifica Ley 19.496 para regular el horario en que podrán realizarse comunicaciones promociónales o publicitarias mediante llamadas telefónicas.

Proyecto de Ley Modifíquese la ley 19.496 incorporándose  el siguiente inciso final en el artículo 28 B: “En caso de tratarse de llamadas telefónicas, éstas sólo podrán realizarse de lunes a viernes, a menos que recaiga en día feriado, limitándose al horario entre las 9:00 y las 19.00 horas. En caso de infracción, habiendo dejado constancia en en el registro del portal web del Servicio Nacional del Consumidor, se aplicará la multa establecida en el artículo siguiente”.
PDL Boletín N° 11297-03 Modifica Ley 19.496 para regular el horario en que podrán realizarse comunicaciones promociónales o publicitarias mediante llamadas telefónicas.