Instrucciones sobre el seguimiento a las medidas prioritarias en materia de salud para el Departamento de la Guajira

La presente circular se expide con el fin de generar instrucciones a las EPS del régimen contributivo y subsidiado – EPS y EPSI, respecto del seguimiento para dar estricto cumplimiento a lo establecido en la Resolución 2811 de 2022 del MinSalud. EPS deberán:
  1. Realizar los ajustes necesarios en los acuerdos de voluntades, de manera oportuna, en los términos de la Resolución 2811 de 2022, para la prestación y provisión de los servicios y tecnologías de salud al pueblo wayúu, contando con soportes e información para la SNS.
  2. EPS en ningún caso podrán generar cargas administrativas que puedan constituirse como barreras de acceso en la atención en salud al pueblo wayúu.
  3. Presentar a la SNS la información y los soportes correspondientes a la caracterización de la totalidad de la población perteneciente al pueblo wayúu.
  4. SNS realizará el respectivo seguimiento a estas instrucciones.
(SuperSalud, Circular Externa 2023100001 de 2023, 05-ene-23)

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