Nuevo reglamento del Mecanismo Operativo para la Liquidación (MOL)

La presente Circular reemplaza en su totalidad la Circular Externa Operativa y de Servicios DSP-471 del 28 de noviembre de 2024 sobre el Reglamento del Mecanismo Operativo para la Liquidación (MOL), mecanismo que permite liquidar las Órdenes de Pago y Transferencias de Fondos Inmediatas (OP/TF Inmediatas) contra las Cuentas de Depósito de los Participantes en los Sistemas de Pago de Bajo Valor Inmediatos.   Algunas  de las obligaciones de cumplimiento:  
  1. Para Entidades Administradoras de Sistemas de Pago de Bajo Valor Inmediatos (EASPBVI):
  • Participar en pruebas y programas de capacitación.
  • Informar sobre incidentes y fallas en la operación del MOL.
  • Mantener esquemas tecnológicos y operativos de contingencia.
  • Coordinar con los Participantes de las pruebas de certificación para vinculación del SPBVI al DICE y al MOL.
       2. Participantes:
  • Tener una cuenta de Depósito vinculada al MOL.
  • Acatar horarios, procedimientos y normas técnicas.
  • Participar en pruebas y programas de capacitación.
  • Informar sobre incidentes y fallas en la operación del MOL.
Disposiciones con alto impacto:
  • Liquidación en Tiempo Real: La liquidación de las OP/TF Inmediatas se realiza de manera individual y automática cuando el Sistema de Cuentas de Depósito esté operando, mejorando la eficiencia de las transacciones.
  • Configuración de Parámetros de Liquidez: Los Participantes deben configurar parámetros como el Parámetro de Asignación de Liquidez (PAL) y el Parámetro de Alerta de Consumo (PAC) para gestionar la liquidez en el MOL.
  • El proceso para la vinculación de las EASPBVI al MOL se encuentra descrito en el Anexo 1 de la presente Circular
  • Horarios de Operación: El MOL opera las 24 horas del día, los siete días de la semana, los 365 días del año, garantizando disponibilidad continua. El Banco de la República brindará soporte técnico 24/7/365 a través del correo electrónico admimol@banrep.gov.co.
Derogatorias: La Circular DSP-471 reemplaza en su totalidad la Circular Externa Operativa y de Servicios DSP-471 del 28 de noviembre de 2024.   Otros aspectos importantes:  
  • Vinculación y Acceso: Detalla el proceso de vinculación de las EASPBVI y los Participantes al MOL, incluyendo la solicitud, evaluación, configuración en ambientes de pruebas y producción, y capacitación.
  • Controles Operativos: El MOL ejecuta controles para verificar la disponibilidad de fondos, la validez de las OP/TF Inmediatas y la confirmación de los controles de riesgo.
  • Tarifas: La tarifa del MOL es la establecida en la Circular Externa Operativa y de Servicios DSP-272.
Banco de la República, Circular Externa Operativa y de Servicios DSP-471, 4-abril-2025

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