Proyecta mecanismo diferencial de precios del ACPM para vehículos diésel particulares, diplomáticos y oficiales

Se busca establecer un mecanismo diferencial de estabilización de precios del ACPM para vehículos de servicio particular, diplomático y oficial, con el fin de focalizar los subsidios del Fondo de Estabilización de Precios de los Combustibles (FEPC) en sectores estratégicos.  
Aplica para: Propietarios y responsables de vehículos particulares, diplomáticos y oficiales que funcionen con ACPM en los municipios listados.
 
Novedades
  • Indica el establecimiento del mecanismo diferencial de estabilización de precios del ACPM para vehículos de servicio particular, diplomático y oficial de tipo automóvil, campero, camioneta y cuatrimoto. su ingreso al productor deberá ser, como mínimo, el precio de paridad internacional.
 
  • Minhacienda y MinEnergía establecerán el procedimiento para la determinación del ingreso al productor que deberá ser utilizado dentro del mecanismo diferencial.
 
  • Para los vehículos no incorporados en este mecanismo diferencial, así como a todos los vehículos de servicio público, el ingreso al productor continuará rigiéndose por las resoluciones que expiden de manera conjunta MinHacienda y MinEnergía.
 
  • Se definen los territorios donde aplicará el mecanismo diferencial de precios, incluyendo 10 Departamentos y diversos municipios.
 
Modificaciones y adiciones:
  • Se adicionan los artículos 2.3.4.1.18 y 2.3.4.1.19 al Decreto 1068 de 2015.
  • Se modifica el artículo 2.2.1.1.2.2.1.3 del Decreto 1073 de 2015 para reforzar las competencias del Ministerio de Minas y Energía.
  Fechas y Plazos: El decreto entrará en vigencia una vez el Ministerio de Minas y Energía expida la reglamentación técnica correspondiente.  
Se reciben comentarios hasta el 2 de agosto
MinHacienda, Proyecto de Decreto, 21-jul-2025

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