Instrucciones para adelantar y hacer seguimiento al proceso de conciliación, depuración y saneamiento de las cuentas por pagar entre las entidades responsables de pago y las entidades beneficiarias de pago
Establece instrucciones para que las Entidades Responsables de Pago (ERP) y las Entidades Beneficiarias de Pago (EBP) adelanten y reporten el proceso de conciliación, depuración y saneamiento de cuentas por pagar en el SGSSS. Obligaciones de cumplimiento normativo- Adelantar conciliación y depuración de cuentas por pagar con todos los acreedores del sector salud.
- Reportar cronogramas semestrales (archivo FT038).
- Reportar resultados trimestrales (archivo FT039).
- Reportar avances trimestrales (archivo FT040).
- Publicar en la web institucional los cronogramas y avances (FT038 y FT040).
- Reflejar los resultados en los estados financieros y reportes oficiales (Circular Única, SIHO, etc.).
- Se deroga la Circular Externa 011 de 2020.
- Se eliminan los archivos FT021, FT023 y FT022 del Título XI de la Circular Única.
- Se suspende el reporte mensual del archivo FT027 (cáncer infantil), aunque la información debe mantenerse disponible.
- Se exige firma digital del representante legal, contador y revisor fiscal en los reportes.
- Se prioriza la conciliación con ESE, IPS indígenas, IPS con tratamientos oncológicos pediátricos y acreedores con mayores diferencias.
- Deroga expresamente la Circular Externa 011 de 2020.
(SuperSalud, Circular Externa 2025151000000007-5 de 2025, 31-jul-25)
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