Proyecta estrategia Nacional para el cuidado integral de la salud de personas con Conducta Suicida

Pretende establecer la Estrategia Nacional para el cuidado integral de la salud de personas con conducta suicida y emitir directrices para su implementación en todo el territorio nacional, con enfoque en promoción, prevención, atención integral, rehabilitación y gestión intersectorial. Ámbito de aplicación
  • EPS, IPS, ARL, entre otros.
Obligaciones de cumplimiento normativo Acciones estratégicas
  • Promoción de la salud mental: Fortalecimiento de redes de apoyo, competencias socioemocionales, comunicación y capacidades, priorizando niños, niñas, adolescentes y jóvenes en el entorno educativo.
  • Prevención de la conducta suicida: Reducción de daños por alcohol, acompañamiento a sobrevivientes, restricción de acceso a medios letales, intervención en puntos críticos, comunicación responsable en medios, programas focalizados en grupos de riesgo.
  • Atención integral: Implementación de la Guía de Práctica Clínica, valoración temprana, tratamiento y seguimiento nominal, articulación con otros sectores.
  • Rehabilitación: Humanización del trato, implementación del “código dorado” para atención inmediata y sin barreras administrativas.
Código Dorado
  • Protocolo de atención inmediata y articulada ante casos de conducta suicida (ideación o intento), activable por cualquier actor comunitario o institucional, sin requerimientos de autorizaciones previas.
  • Clasificación de riesgo y remisión obligatoria para gestión en salud mental, registro en SIVIGILA y seguimiento estructurado.
Gestión y coordinación
  • Fortalecimiento de capacidades de actores clave (orientadores escolares, docentes, líderes sociales, religiosos, primeros respondientes, talento humano en salud).
  • Articulación intersectorial entre salud, educación, protección, justicia, desarrollo social y laboral.
  • Implementación de sistemas de vigilancia epidemiológica y unidades de análisis para intentos y muertes por suicidio.
Disposiciones relevantes
  • Atención sin barreras: Prohibición de trámites administrativos que retrasen la atención de personas con conducta suicida.
  • Seguimiento nominal: A personas dadas de alta tras un evento de conducta suicida, a las 48 horas, 1 semana, 1 mes y 3 meses, para prevenir recaídas y reincidencias.
  • Teleorientación y teleconsulta: Implementación de servicios para superar barreras geográficas o personales.
  • Capacitación y protocolos: Formación en primeros auxilios psicológicos, protocolos de intervención en crisis, uso de herramientas de tamizaje (Plutchik, SRQ, RQC, C-SSRS).
  • Adaptabilidad: Enfoque diferencial, intercultural y étnico en todas las acciones e intervenciones.
  • Participación comunitaria: Activación del código dorado por cualquier actor comunitario, fortalecimiento de redes de apoyo y comunicación responsable.
  • Registro y vigilancia: Uso obligatorio de SIVIGILA para el evento de intento de suicidio, registro en historia clínica con códigos CIE-10 R45.8 y Z915.
Se recibirán comentarios hasta el 22 de septiembre de 2025.
(MinSalud, Proyecto de Resolución, 09-sep-25)

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