Ajusta las reglas de aplicación para la liquidación y pago de aportes al Sistema de Seguridad Social Integral
La resolución modifica el Anexo Técnico 2 de la Resolución 2388 de 2016, ajustando reglas y procedimientos para la liquidación y pago de aportes al Sistema de Seguridad Social Integral y Parafiscales a través de la Planilla Integrada de Liquidación de Aportes (PILA). Los cambios responden a nuevas disposiciones legales (Ley 2461 y Ley 2466 de 2025) y afectan principalmente los tipos de cotizantes, validaciones y esquemas de aportes para concejales, ediles, aprendices y trabajadores independientes. Algunas obligaciones Actualización de procedimientos de liquidación de aportes:- Los aportantes, operadores de información y administradoras deben aplicar las nuevas reglas para los tipos de cotizantes modificados.
- Se ajustan validaciones y combinaciones permitidas entre tipo de cotizante, tipo de aportante, clase de aportante, tipo de planilla y subsistema al que se aporta.
- Los operadores de información deben validar que los cotizantes estén correctamente reportados en los archivos oficiale
- Se modifican tablas de validación para asegurar coherencia entre los datos reportados en la PILA.
- Aprendices SENA y técnicos laborales: Se restringe el uso del tipo de cotizante “12. Aprendiz en etapa lectiva” solo para el periodo de cotización a salud de agosto de 2025. Se crea el tipo “19. Aprendiz etapa lectiva Ley 2466 de 2025” para los nuevos esquemas de cotización flexible.
- Trabajadores independientes de tiempo parcial: Se implementa un esquema de cotización flexible para quienes tengan ingresos inferiores a un salario mínimo legal mensual vigente.
- Entrada en vigencia: Desde su expedición (6 de octubre de 2025).
- Implementación obligatoria: Las modificaciones deben ser implementadas por los operadores de información para los pagos realizados a partir del 1 de noviembre de 2025, aplicando para el periodo de cotización a pensiones del mes de octubre de 2025.
