Proyecta nueva fecha para implementación de NIIF17

Con el objetivo de continuar con un proceso ordenado de convergencia a la NIIF 17, se propone modificar la aplicación de la NIIF 17, señalada en el Decreto 1271 de 2024, para que esta sea a partir del 1 de enero de 2028 (actualmente está para el 2027) y la elaboración de Estados de Situación Financiera de Apertura (ESFA) a partir del 1 de enero de 2027 (actualmente para el 2026).   Otros aspectos de interes:
  • Los preparadores de información financiera deberían presentar a la Superintendencia Financiera de Colombia un plan de ajuste, aprobado por la junta directiva, a más tardar el 31 de julio de 2026. La Superintendencia podrá impartir instrucciones para la correcta implementación de los planes de ajuste, incluyendo el tiempo de gradualidad requerido.
  • Reconocimiento gradual: El periodo de amortización podrá ser inferior a diez (10) años, debiendo informarse a la Superintendencia. El reconocimiento debe ser lineal y proporcional al periodo de amortización.
  Vigencia: Rergiría a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Oficial y modifica el numeral 1, numeral 2, letra f) del numeral 3 y numeral 7 del artículo 4, y el artículo 5 del Decreto 1271 de 2024.   Se reciben comentarios hasta el 29 de octubre
MinHacienda, Proyecto de Decreto

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