Adopta la Política integral para la prevención, reducción de riesgos y daños y la atención del consumo de sustancias psicoactivas, lícitas e ilícitas 2025-2033

Minsalud adopta la Política integral para la prevención, reducción de riesgos y daños y la atención del consumo de sustancias psicoactivas, lícitas e ilícitas 2025-2033, así como el Sistema Nacional de Atención al consumo de sustancias psicoactivas.   Aplica a todos los integrantes del SGSSS y a cualquier entidad, organismo o institución con responsabilidades directas o indirectas en la prevención, reducción de riesgos y daños, y atención integral del consumo de sustancias psicoactivas.   Algunas obligaciones   Para entidades territoriales (departamentos, distritos, municipios):
  • Adoptar y adaptar la política mediante acto administrativo en un plazo máximo de 6 meses desde su publicación.
  • Implementar la Estrategia Nacional de Alcohol en un plazo máximo de 12 meses tras la expedición de los lineamientos.
  • Operar redes territoriales de dispositivos de bajo umbral para atención a personas que usan SPA, con reporte inicial en 12 meses.
  • Integrar servicios de atención al consumo de SPA a la Red Nacional de Salud Mental en 6 meses.
  • Implementar estrategias para transformación del estigma y discriminación en 3 meses.
  • Fortalecer sistemas de información y vigilancia epidemiológica en 6 a 18 meses según el componente.
  • Implementar estrategias de participación social y comunitaria en 6 meses.
  • Desarrollar capacidades institucionales y comunitarias en 12 meses.
  Para EPS y prestadores de servicios de salud:
  • Implementar estrategias de navegación para reducir barreras de acceso en 6 meses.
  • Reportar acciones de detección temprana y gestión del riesgo en 6 meses.
  • Garantizar acceso a servicios de prevención, tratamiento y reducción de riesgos y daños.
  • Desarrollar programas ambulatorios y de bajo umbral integrados a la Red Nacional de Salud Mental.
  • Cumplir con la canalización efectiva y gestión del riesgo individual y poblacional
  Otros aspectos de interés:
  • Integración de servicios de salud mental y consumo de SPA en una red nacional.
  • Desestigmatización y eliminación de barreras de acceso a servicios de salud y sociales.
  • nclusión de dispositivos de bajo umbral y estrategias de reducción de daños
  • La resolución establece un sistema robusto de seguimiento y evaluación, con indicadores en tres niveles: indicadores de gestión, de resultado y de impacto.
  Supersalud ejercerá vigilancia del cumplimiento.   Vigencia: Desde la fecha de expedición (14 de octubre de 2025).
Minsalud, Resolución No 2100 de 2025

Descargue la norma