Proyecta condiciones para que personas clasificadas en los grupos A, B y C del SISBÉN que inicien una relación laboral puedan permanecer en el régimen subsidiado de salud hasta por 6 meses continuos
Reglamentaría el artículo 65 de la Ley 2466 de 2025, estableciendo las condiciones para que personas clasificadas en los grupos A, B y C del SISBÉN (pobreza extrema, pobreza moderada y vulnerabilidad) que inicien una relación laboral puedan permanecer en el régimen subsidiado de salud hasta por seis (6) meses continuos. Además, regula el recaudo de cotizaciones, reporte de novedades y el reconocimiento y pago de prestaciones económicas. Obligaciones de cumplimiento normativo Para los empleadores:- Validar que el trabajador esté en los grupos A, B o C del SISBÉN (consultando la web del DNP).
- Reportar la vinculación laboral y permanencia en el régimen subsidiado mediante el Formulario Único de Afiliación y Reporte de Novedades.
- Reportar el retiro en caso de terminación de la relación laboral antes de los seis meses, usando la PILA.
- Verificar la clasificación SISBÉN del trabajador.
- Reportar la novedad en la Base de Datos Única de Afiliados (BDUA).
- Cambiar el régimen de afiliación a contributivo si el afiliado lo solicita o si se cumplen los seis meses y continúa la relación laboral.
- Informar al afiliado sobre los cambios de régimen.
- Recaudar los aportes usando el código MIN005 durante el periodo permitido.
- Direccionar el aporte al código de movilidad de la EPS cuando se supere el periodo de seis meses.
- Permite la permanencia en el régimen subsidiado de salud para trabajadores vulnerables, facilitando la transición hacia la formalización laboral sin perder la cobertura de salud.
- La permanencia solo aplica para una única vinculación laboral; si hay cambio de empleador o multiplicidad de empleadores, se pierde el beneficio.
- El reconocimiento y pago de prestaciones económicas durante este periodo estará a cargo de la ADRES, bajo las reglas del régimen contributivo.
- La EPS recibe la UPC correspondiente al régimen subsidiado durante el periodo de permanencia.
- Se establece un mecanismo claro para el reporte y gestión de novedades en la afiliación y cotización.
