Suspende provisionalmente los efectos del Decreto 858 de 2025

Por considerarlo de tu interés, compartimos el Auto del 21 de octubre del 2025 del  Consejo de Estado – Sección Primera, que decreta la suspensión provisional de los efectos del Decreto 858 de 2025 “Por el cual se sustituye la parte 11 del Libro 2 del Decreto 780 de 2016” y se adopta el Modelo de Salud Preventivo, Predictivo y Resolutivo”,  El Decreto 858 reestructuraba el modelo de salud en Colombia, planteando aspectos como:
  • Reorganización territorial del Sistema de Salud: Creación de nuevas regiones y subregiones para la atención en salud y CAPS)
  • Cambio del rol de las EPS
  • Asignación de nuevas funciones a las entidades territoriales: Competencias en la Gestión Territorial de la Salud Pública.
  • Creación de Redes Integrales e Integradas de Salud (RIITS) dentro del sistema de salud.
¿Cuáles fueron las razones de la suspensión del Decreto 858?
El Consejo de Estado consideró que el Gobierno extralimitó su potestad reglamentaria, al modificar por Decreto aspectos sustanciales del Sistema de Salud que deben ser definidos por el Congreso de la República, según lo establece la Constitución (artículo 150-23). Además, se identificaron otras irregularidades, como la asignación de nuevas funciones a las entidades territoriales sin que exista una ley que lo autorice, la regulación de medidas que impactan la economía -como la libertad de empresa-sin pasar por el proceso legislativo, y la omisión del trámite de consulta previa con comunidades indígenas, un paso obligatorio cuando se adoptan decisiones que pueden afectarlas.
¿Qué implica esta suspensión?
Por ahora, el Decreto 858 no tiene efectos. Esto significa que los cambios que establecía, junto con las normas que se desprenden de éste (como la  Resolución 1789 de 2025  y  Resolución 2161 de 2025 ), no se pueden implementar ni exigir. La suspensión tiene efectos inmediatos y se mantendrá vigente hasta que se tome una decisión definitiva y de fondo sobre su nulidad.
De esta manera, se aplicaría el marco normativo anterior, es decir, siguen vigentes la normativa previa al Decreto 858.
Consejo de Estado, Auto Interlocutoria

Descargue el documento