Proyecta directrices para la conformación y funcionamiento del Sistema Nacional de Bancos de Leche Humana, Comité de Bancos de Leche Humana y Red Nacional Bancos de Leche Humana

El proyecto pretende reglamentar la conformación y funcionamiento del Sistema Nacional de Bancos de Leche Humana, el Comité de Bancos de Leche Humana y la Red Nacional de Bancos de Leche Humana, definiendo funciones y competencias de los actores involucrados. Aplicaría para: Entidades Administradoras de Planes de Beneficios- EAPB; Instituciones Prestadores de Servicios de Salud.   Aspectos de interés:
  • Se crearía el Sistema Nacional de Bancos de Leche Humana, coordinado por el Ministerio de Salud y el INS, con participación de entidades del SGSSS.
  • Se establecería un Comité Técnico Nacional con representantes de distintas entidades, incluyendo IPS, encargado de coordinar acciones, emitir informes trimestrales y fomentar la creación de nuevos bancos.
  • Se conformaría la Red Nacional de Bancos de Leche Humana, como instancia operativa, liderada por el INS, con funciones de auditoría, capacitación, innovación y respuesta humanitaria.
  • Se definirían responsabilidades específicas para cada actor del sistema, incluyendo inspección, vigilancia, control, promoción de la donación, formación continua y gestión de calidad.
  • Se establecería un sistema de información interoperable para integrar datos sobre donación, procesamiento y uso de leche humana.
  • Las EAPB, las IPS y los demás integrantes del Sistema General de Seguridad Social en Salud – SGSSS relacionadas con la donación, extracción y uso de leche humana harían parte del El Sistema Nacional de Bancos de Leche Humana.
  Entre las obligaciones a las IPS se destaca:
  • Reportar eventos adversos al Sistema Nacional de Biovigilancia.
  • Cumplir normas sanitarias y políticas públicas sobre donación y lactancia.
  • Operar el banco de leche: recolectar, procesar, distribuir y garantizar calidad.
  • Promover la lactancia materna dentro de la institución.
  • Capacitar al personal en lactancia, manipulación y control de calidad.
  • Asegurar recursos humanos, técnicos y materiales para el funcionamiento.
  • Monitorear y corregir fallos operativos del banco.
  Vigencia: Regiría a partir de la fecha de su publicación. Se reciben comentarios hasta el 10 de noviembre de 2025 Ver anexo 1 Ver anexo 2 Ver anexo 3
Minsalud, Proyecto de Resolución

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