Proyecta lineamientos de interoperabilidad para el reporte, gestión y consulta de información de estaciones de carga de acceso público para vehículos eléctricos e híbridos enchufables
Pretende establecer los lineamientos técnicos de interoperabilidad para el reporte de información operativa por parte de los agentes operadores de estaciones de carga de acceso público para vehículos eléctricos e híbridos enchufables. Busca garantizar la estandarización, seguridad y eficiencia en la gestión de datos sobre infraestructura de carga, facilitando la transición energética y la movilidad sostenible en Colombia. Algunas de las obligaciones de cumplimiento- Prestadores del servicio de carga, CPO y MSP deben reportar información periódica y automática sobre el estado de las estaciones de carga, siguiendo el protocolo OCPI o normas internacionales equivalentes (ISO, IEC, ICONTEC).
- El reporte debe incluir: estado del punto de carga, ubicación geográfica, número total de puntos, tipos de conector, tipo de carga (AC/DC), nivel de potencia, condiciones de accesibilidad, costo del servicio y, si aplica, medición avanzada de demanda energética (AMI).
- El reporte se realiza en formato JSON y debe ser remitido electrónicamente a la UPME, usando credenciales y tokens de seguridad emitidos por el Servidor de Autenticación
- Estaciones existentes: Tienen un período de transición de doce (12) meses desde la publicación en el Diario Oficial para adecuar su infraestructura y adoptar los nuevos estándares.
- Reporte de información: Debe realizarse cada 30 segundos.
- UPME: Debe desplegar los servicios y mecanismos de gestión de infraestructura en los seis (6) meses siguientes a la entrada en vigencia de esta norma.
- Sistema de información para el incentivo de no pago de la contribución: Debe estar disponible para el público en noventa (90) días hábiles desde la entrada en vigencia de esta norma.
