Imparte lineamientos para el trámite de autorización de despido de trabajadores/as con estabilidad laboral / ocupacional reforzada por discapacidad o por condiciones de salud

Mintrabajo establece los lineamientos para el trámite de autorización de despido de trabajadores, servidores públicos o contratistas con estabilidad laboral/ocupacional reforzada por discapacidad o condiciones de salud, adicionalmente, fija requisitos del trámite que deben presentar los empleadores a la solicitud autorización de despedida.   De su contenido se destaca:
  • El empleador, nominador o contratista debe presentar una solicitud formal ante la Dirección Territorial correspondiente, acompañada de la documentación que justifique la terminación del vínculo laboral o contractual.
  • Se exige la presentación de pruebas, concepto médico laboral, evidencia de incorporación de ajustes razonables y agotamiento de posibilidades de reincorporación o reubicación previo al despido o culminación del contrato laboral bajo la justificación de bajo rendimiento.
  • El inspector de trabajo debe garantizar el derecho de defensa y contradicción del trabajador, pudiendo citar a audiencia a las partes.
  • Si la solicitud de autorización de despido está incompleta, se otorga un plazo de un (1) mes para subsanar; de no hacerlo, se declara el desistimiento tácito y se archiva el trámite.
  • El plazo máximo para que el inspector resuelva la solicitud es de tres (3) meses desde que el expediente está completo.
  • Además, se establecen estándares de oportunidad: quince (15) días hábiles para solicitudes por justa causa o causal objetiva, y treinta (30) días hábiles para casos de incompatibilidad insuperable por salud o discapacidad.
  • Todos los trámites deben registrarse en el sistema de información del Ministerio del Trabajo para seguimiento y reporte de indicadores.
Mintrabajo, Circular interna 0120 de 2025

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