Modifica el arancel de Aduanas Nacionales para las importaciones de vehículos y motocicletas propulsadas por motores de combustión (gasolina o diésel)

Modifica el Arancel de Aduanas Nacionales para las importaciones de vehículos y motocicletas propulsadas por motores de combustión (gasolina o diésel). Los principales cambios son:
  • Incremento del arancel al 40% para la importación de vehículos de combustión (13 subpartidas arancelarias).
  • Incremento del arancel al 35% para la importación de motocicletas de combustión (5 subpartidas arancelarias).
  • La medida busca fortalecer la industria automotriz nacional basada en tecnologías limpias, promover la reindustrialización y reducir la dependencia de combustibles fósiles.
  • El decreto está alineado con políticas de transición energética y movilidad sostenible, y entra en vigor 15 días después de su publicación.
Vigencia: Entrará a regir transcurridos quince (15) días comunes después de su publicación en el Diario Oficial y modifica parcialmente el artículo 10 del Decreto 1881 del 30 de diciembre de 2021.
MinCIT, Decreto 1432 de 2025

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