Proyecta procedimiento para el giro de remuneración y afiliación a la Seguridad Social de internos de medicina

Proyecta adopción del procedimiento operativo y las especificaciones funcionales para el reporte, verificación, ordenación del giro, seguimiento y control de la remuneración mensual a los internos de medicina, así como su afiliación al Sistema de Seguridad Social Integral.  El pago se realizaría a través de la ADRES, conforme a las disposiciones vigentes.  
Aspectos de interés:
  • No existiría vínculo laboral entre el interno y la institución prestadora de servicios de salud ni con la Institución de Educación Superior (IES). La relación es exclusivamente académica y de formación práctica.
  • Límites de jornada: El interno no puede superar las 12 horas por turno ni las 66 horas semanales.
  • Derecho a vacaciones: El interno tiene derecho a vacaciones según lo contemple la IES, y durante ese periodo sigue recibiendo el apoyo educativo.
  • Remuneración mensual: El interno recibe un apoyo educativo no inferior a un (1) salario mínimo mensual legal vigente (SMLMV), pagado directamente por la ADRES.
 
Afiliación y cotización:
  • El interno debe afiliarse al Sistema General de Seguridad Social en Salud y Pensiones como independiente, y realizar el pago de aportes sobre un ingreso base de cotización de un (1) SMLMV, a través de la Planilla PILA.
  • La IES es responsable de afiliar al interno al Sistema General de Riesgos Laborales (ARL), utilizando el formulario único de afiliación, retiro y novedades.
  • La tarifa de la ARL se determina según la actividad económica principal o el centro de trabajo del prestador de servicios de salud donde se realiza la práctica
  • ARL: Deben reconocer directamente al interno las prestaciones económicas y asistenciales derivadas de accidentes de trabajo o enfermedades profesionales, conforme a la normativa vigente
 
Transición: La implementación de la resolución será progresiva y no podrá superar dos años.
 
Vigencia: Desde la fecha en que sea publicada y aplicará a las remuneraciones posteriores a su entrada en vigencia.
 
Se reciben comentarios hasta el 7 de enero 2026
  Ver Anexo
Minsalud, Proyecto de Resolución, 26-dic-2025

Descargue el proyecto