Establece el nombramiento, la cancelación y la compilación de los agentes de autorretención del impuesto de Industria y Comercio (ICA) en Medellín para el año gravable 2026
Nombramiento de nuevos agentes de autorretención- Se designan, a partir del 1 de enero de 2026, nuevas personas naturales, jurídicas y figuras contractuales como agentes de autorretención del ICA, detalladas en un listado anexo a la resolución.
- El nombramiento se realiza considerando estructura, capacidad e ingresos generados, para fortalecer el recaudo eficiente del impuesto en el Distrito.
- Se cancela, a partir del 31 de diciembre de 2025, la calidad de agente de autorretención a ciertos contribuyentes que no cumplen criterios de costo-beneficio, no desarrollan actividades gravadas, han sido liquidados o fallecido, entre otros motivos.
- La lista de agentes a quienes se les cancela el nombramiento también se encuentra anexa.
- Se compilan en un solo listado todos los agentes de autorretención vigentes para el año 2026, incluyendo los nombrados en la presente resolución y los que mantienen la calidad de vigencias anteriores (siempre que no hayan sido notificados de cancelación).
- Declarar y trasladar lo retenido en los periodos y fechas establecidos por la administración distrital.
- Cumplir con las reglas de territorialidad y demás disposiciones del Acuerdo 093 de 2023 y normas que lo modifiquen o adicionen.
- Actualizar o marcar la información en el Registro de Información Tributaria (RIT).
- La autorretención se aplica sobre la totalidad de los ingresos gravados con ICA en Medellín, según el artículo 78 del Acuerdo 093 de 2023.
- El porcentaje de la tarifa aplicable para 2026 será el 100% del milaje total correspondiente a la actividad económica, conforme al artículo 71 del Acuerdo 093 de 2023.
