Nombramiento y compilación de los agentes de retención de industria y comercio en el distrito de Medellín

Se nombra y compila los agentes de retención del impuesto de Industria y Comercio (ICA) en el Distrito de Medellín para el año 2026. Algunos aspectos de interés
  • Se nombra y compila el listado de agentes de retención del ICA en Medellín para el año 2026, incluyendo personas naturales, jurídicas y figuras contractuales específicas, detalladas en anexos de la resolución.
  • Los agentes de retención están obligados a declarar y trasladar lo retenido en los periodos y fechas establecidos en el calendario tributario distrital, cumplir con el reporte de información exógena y demás obligaciones normativas vigentes.
  • La retención debe aplicarse sobre el monto total del pago generado por operaciones gravadas con el ICA, conforme a las condiciones del artículo 83 del Acuerdo 093 de 2023.
  • La retención se aplicará sobre el monto total del pago, generado por las operaciones gravadas con el Impuesto de Industria y Comercio en el Distrito de Medellín, atendiendo las condiciones previstas en el artículo 83 del Acuerdo 093 de 2023, la norma que lo modifique o adicione.
  Plazos: Las declaraciones y traslados de lo retenido deben realizarse en las fechas establecidas en el calendario tributario distrital para cada periodo gravable.   Vigencia: La presente Resolución rige a partir del primero (01) de enero de 2026 y contra la misma no procede recurso alguno por tratarse de un acto de los contenidos en el artículo 75 del CPACA.  
Alcaldía de Medellín, Resolución No 202550100042 de 2025

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