Proyecta lineamientos mínimos para los Programas de Transparencia y Ética Empresarial

Adicionaría la Sección 2 al Capítulo 4, Título 4, Parte 1, Libro 2 del Decreto 1081 de 2015 para regular la coordinación de la Secretaría de Transparencia con las Autoridades de Inspección, Vigilancia o Control (AIVC), a efectos de determinar y estandarizar los Lineamientos Mínimos que deberán observar las AIVC al fijar los contenidos de los PTEE exigibles a sus supervisados. Además, adopta como primera versión de esos lineamientos el Anexo adjunto.   Aplicaría a todas las empresas privadas y públicas que estén bajo inspección, vigilancia o control de una autoridad sectorial (Superfinanciera, Supersalud, SIC, Supersociedades, etc.).   Aspectos de interés:
  • La Secretaría de Transparencia coordinará la construcción, consulta pública y adopción de los Lineamientos Mínimos que deberán usar las AIVC para exigir los PTEE a sus supervisados.
  • Una vez expedidos los lineamientos, cada AIVC expedirá el acto administrativo que fija los contenidos obligatorios del PTEE y deberá reportarlo a la Secretaría de Transparencia en un plazo de 15 días.
  Algunas de las obligaciones Riesgos que debe gestionar el PTEE El Programa debe gestionar como mínimo:
  • Soborno nacional y transnacional.
  • Fraude interno y externo.
  • Corrupción pública y privada.
  • LA/FT/FP (Lavado de Activos, Financiación del Terrorismo y Proliferación de armas).
  • Riesgos contables y financieros (adulteración de registros, alteración de datos, ocultamiento de origen/destino de recursos).
  • Riesgos derivados de contratación estatal, relacionamiento con PEP, donaciones, regalos, lobby y financiación política.
     Políticas mínimas que debe incluir el PTEE
  • Política antisoborno, antifraude y anticorrupción.
  • Gestión de conflictos de interés (incluye PEP nacionales y extranjeras).
  • Política de contratación estatal.
  • Política de lobby o cabildeo.
  • Política de financiación de campañas políticas.
  • Política de donaciones, regalos, viajes y entretenimiento.
  • Política institucional LA/FT/FP y reporte a UIAF.
  • Código de integridad e integridad contable.
  • Transparencia y divulgación pública de información corporativa.
  • Sistema de denuncias (anonimato, protección al denunciante, plazos).
  • Capacitación, divulgación, auditoría y mejora continua.
  Vigencia. Sería a partir de su publicación, regula de manera integral lo relacionado con los Programas de Transparencia y Ética Empresarial y modifica el Decreto 1081 de 2015, Decreto Reglamentario Único del Sector Presidencia de la República.   Se reciben comentarios hasta el 8 de febrero 2026   Ver anexo < Importante su revisión
Presidencia, Proyecto de Decreto

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