Minsalud ajusta proceso de Liquidación y Verificación de Vacunación COVID-19

Minsalud modifica los artículos 7 (procedimiento para el pago del saldo por agendamiento y aplicación de la vacuna COVID‑19 hasta el 31/12/2022) y el artículo 8 (procedimiento de reconocimiento y pago de costos por verificación, apoyo y validación) de la Resolución 166 de 2021 (ya modificados por la Resolución 2332 de 2023) para cerrar y pagar el saldo restante por agendamiento y aplicación de vacunas COVID‑19 hasta el 31/12/2022, fijar plazos perentorios de ajuste/validación de datos en PAIWEB, habilitar cierres unilaterales de dosis no conciliadas y precisar el procedimiento de reconocimiento y pago tanto a IPS como a ERAseg en el marco de la liquidación de la subcuenta COVID‑19 del FNGRD/UNGRD.  
Algunas de las obligaciones:
 
IPS – Prestadores de Servicios de Salud
 
  • Ajustar la calidad del dato en PAIWEB (solo para dosis digitadas hasta 30/01/2024) dentro de los 100 días calendario desde la publicación de la resolución. Después de ese plazo, el ajuste se cierra definitivamente.
  • Corregir inconsistencias detectadas por entidades territoriales o EPS, usando soportes como SIS‑150.
  • Participar en mesas de trabajo con las Entidades Territoriales para revisar reclamos sobre validaciones.
  • Radicar facturas electrónicas para legalización o pago dentro de 30 días calendario luego de la publicación del valor a pagar, cumpliendo requisitos DIAN y anexos.
  • Reintegrar valores pagados en exceso, incluyendo rendimientos financieros, cuando el MSPS o la UNGRD lo determinen.
  • Asegurar la veracidad y calidad de la información enviada (firmada digitalmente).
 
 EPS / ERAseg – Entidades Responsables del Aseguramiento
(Incluye EPS, entidades adaptadas, regímenes especiales y de excepción, Fondo Nacional de Salud de PPL, y departamentos/distritos como aseguradores para población no afiliada).
  • Validar, verificar y liquidar la información dispuesta por el MSPS a través de SFTP/SAT en un plazo de 10 días hábiles, reportando resultados por PISIS (anexo PAI143‑COVID).
  • Aplicar las reglas de calidad del dato, la muestra de verificación y la metodología establecida para confirmar la aplicación de las dosis.
  • Determinar la estrategia de vacunación (intramural/extramural) cuando no quede clara en el registro del prestador.
  • Consolidar registros consistentes y liquidar valores correspondientes a las dosis validadas.
  • Facturar a la UNGRD/FNGRD los costos de verificación, apoyo y validación, incluyendo documentos como RUT, certificación de parafiscales, existencia y representación legal, etc.
  • Atender reclamaciones de IPS y, si procede, solicitar al MSPS un único proceso de reliquidación
 
Ministerio de Salud y Protección Social (MSPS)
  • Extraer información ajustada en PAIWEB una vez venza el plazo de 100 días y disponer datos a ERAseg para validación/liquidación; publicar valores a facturar.
  • Informar a Supersalud sobre Entidades Territoriales que incumplan el envío de actas.
 
Algunas de las fechas y plazos clave
  • Corte de dosis aplicadas: 17/02/2021 a 31/12/2022 (solo pagan las digitadas hasta 30/01/2024 y que superen validación).
  • Ajuste de “calidad del dato” en PAIWEB (IPS): 100 días calendario desde la publicación de esta resolución. Cierre definitivo al vencer el término.
  • Actas de cierre unilateral / ajustes (Entidades Territoriales): 70 días calendario desde la publicación.
  • Validación ERAseg: 10 días hábiles desde la disposición de datos (SFTP/SAT) por el MSPS; reporte vía PISIS (PAI143‑COVID).
  • Radicación facturas electrónicas (IPS): 30 días calendario tras publicación de la resolución de valores por UNGRD/FNGRD.
  • Pago UNGRD/FNGRD a IPS/EPS: 10 días hábiles luego de recibir documentación correcta.
 
Vigencia: rige desde su expedición (04‑Feb‑2026)
 
Minsalud, Resolución 199 de 2026

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