Minsalud imparte directrices en salud por ingreso de frentes fríos recurrentes al país

Minsalud imparte directrices que deben incorporarse en los planes de contingencia de entidades territoriales y actores del SGSSS, para preparación, alistamiento y respuesta ante afectaciones en salud derivadas de frentes fríos, en el marco de la gestión del riesgo de desastres y la garantía del derecho a la salud.  
Aplica a: EPS e IPS
Dentro de las disposiciones más relevantes, se encuentra que Minsalud declara la ALERTA ROJA HOSPITALARIA en los departamentos de: La Guajira, Magdalena, Cesar, Atlántico, Bolívar, Sucre, Córdoba, Antioquia, Boyacá, Caldas, Caquetá, Hulla, Santander, Chocó, Cauca, Nariño, Meta, Casanare, Guaviare, Guainía, Putumayo, Vaupés, y Amazonia, y en los demás departamentos o distritos que a futuro se vean afectados.
Algunas de las obligaciones
 
  • Se ordena a las IPS garantizar la disponibilidad de servicios de salud y capacidad instalada suficiente, activar los planes hospitalarios de emergencia, desplegar brigadas y equipos extramurales, asegurar la continuidad de tratamientos y fortalecer las medidas de bioseguridad, saneamiento y control de vectores.
 
  • Las IPS deben realizar el reporte diario y obligatorio de capacidades hospitalarias para emergencias y de las afectaciones presentadas; en caso de no existir afectaciones, el reporte debe efectuarse diariamente a las 18:00 horas a través de los canales definidos.
 
  • Las EPS y entidades adaptadas deben garantizar, a través de su red prestadora, la atención oportuna y efectiva de las personas afectadas, verificar la disponibilidad de medicamentos e insumos, desarrollar acciones de capacitación y auditoría a los prestadores, y asegurar la referencia y contrarreferencia sin barreras.
 
  • Las EPS y entidades adaptadas deben presentar a la entidad territorial competente, con copia al Ministerio de Salud, el plan de contingencia previsto en la Resolución 1441 de 2016, incorporando las acciones establecidas en la circular, y disponer de un delegado permanente mientras se mantenga la alerta roja hospitalaria.
 
  • Se refuerzan las obligaciones de vigilancia en salud pública, incluyendo la notificación inmediata y completa de los eventos de interés en salud pública conforme a los lineamientos del Instituto Nacional de Salud y el SIVIGILA.
 
  • Se establecen lineamientos para vacunación, calidad del agua, salud mental, gestión de alojamientos temporales, comunicación del riesgo y atención con enfoque diferencial, orientados a reducir los impactos en la salud de la población afectada.
 
Minsalud, Circular Externa 002 de 2026, 16-feb-2026

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