Establece la fórmula para el cálculo de cobertura de salario mínimo que debe aplicar MinHancienda frente al mecanismo de cobertura para cubrir el deslizamiento del salarlo mínimo

MinHacienda deroga la Resolución 3272 de 2015 y establece la metodología actuarial para calcular la cobertura del riesgo de deslizamiento del salario mínimo en pensiones de renta vitalicia inmediata y diferida de salario mínimo, así como la forma de calcular los giros a las aseguradoras y la reserva matemática que debe administrar el Ministerio de Hacienda y Crédito Público.   Aspectos de interés  
  • Cálculo de la cobertura del salario mínimo: Se define la fórmula para determinar el valor en pesos de la cobertura total del salario mínimo para cada año, calculada como la diferencia entre la reserva basada en el salario mínimo vigente y la reserva calculada con el salario mínimo de un año anterior actualizado. Este cálculo se realiza únicamente para las rentas vitalicias inscritas en el mecanismo de cobertura.
 
  • Variables y parámetros actuariales: La resolución desarrolla y define los conceptos, variables y parámetros necesarios para el cálculo, incluyendo salario mínimo mensual vigente, mesada pensional, número de mesadas, tasas de inflación, tasas de interés, incremento real esperado del salario mínimo, tablas de mortalidad, edades actuariales del causante y beneficiarios, probabilidades de supervivencia y factores de seguridad.
 
  • Valor presente actuarial: Se establece la forma de calcular el valor presente actuarial de la renta vitalicia y del auxilio funerario, con base en la mesada inicial correspondiente y los supuestos actuariales definidos en la norma.
 
  • Cálculo de los flujos a las aseguradoras: Se determina la metodología para calcular el valor que debe girarse anualmente a las aseguradoras por cada renta vitalicia, conforme a las reglas del mecanismo de cobertura del salario mínimo.
 
  • Constitución de la reserva matemática: Se fija la forma de calcular la reserva matemática que debe constituirse a favor de las aseguradoras y que será administrada por la Dirección General de Crédito Público y del Tesoro Nacional, como diferencia entre la cobertura total y los giros efectuados.
  Vigencia y Derogatorias: La presente Resolución rige a partir de la fecha de su publicación y deroga la Resolución 3272 de 2015.
MinHacienda, Resolución 0382 de 2026

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