Modifica disposiciones relacionadas con el nombramiento y remoción del Superintendente de Industria y Comercio, del Superintendente Financiero y del Superintendente de Sociedades
Modifica de manera específica las condiciones de nombramiento y remoción de los siguientes cargos: Superintendente de Industria y Comercio, Superintendente Financiero y Superintendente de Sociedades. Disposiciones de Interés Para ocupar estos cargos se deberán acreditar:- Los requisitos generales de los empleos de nivel directivo, previstos en el artículo 2.2.2.4.2 del Decreto 1083 de 2015.
- Las normas que adicionen o sustituyan dichos requisitos.
- Título profesional.
- Experiencia.
- Eventualmente título de posgrado, dentro de los márgenes definidos por el Decreto Ley 770 de 2005.
- El Presidente de la República podrá (no es obligatoria): Realizar una invitación pública previa, mediante publicación en el portal oficial de la Presidencia de la República y permitir que se postulen quienes acrediten los requisitos exigidos.
- Previo al nombramiento, el Presidente podrá: Solicitar la opinión de organizaciones ciudadanas, sociales, universitarias o académicas sobre el buen crédito de los aspirantes y realizar entrevistas a algunos de los candidatos.
